21 de abril del 2026
El Pleno de la Cámara de Diputados conoció para trámite de declaratoria de publicidad dos dictámenes; uno de ellos, el de la Comisión de Puntos Constitucionales relativo a la minuta que reforma el artículo 73, de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una ley general en materia de feminicidio que contenga como mínimo los tipos penales y sus sanciones.
El documento, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, indica en el régimen transitorio que el Congreso de la Unión deberá expedir la legislación en materia de feminicidio referida en el artículo 73, fracción XXI, inciso a), dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del mismo.
Determina que las disposiciones legales de la Federación y de las entidades federativas en materia del delito de feminicidio continuarán vigentes hasta la entrada en vigor de la ley general en la materia que emita el Congreso de la Unión.
Afirma que al otorgar al Congreso de la Unión mayores facultades para legislar sobre feminicidio, se sientan las bases para una homologación efectiva del tipo penal, lo que contribuye a mejorar las condiciones de acceso a la justicia en todo el país.
También, reducir la impunidad y garantizar una procuración de justicia más eficiente, en beneficio de la protección de los derechos humanos de las mujeres y niñas a una vida libre de violencias.
Con la aprobación se cumple con algunos de los compromisos del gobierno de la República: la presentación de reformas para la igualdad y la vida libre de violencias, así como con los objetivos del eje transversal 1 del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, referente a la igualdad sustantiva y derechos de las mujeres.






