27 de julio del 2026
A solicitud del Colectivo Raíces Poblanas Defensoras del Territorio de Puebla, personal de la renovada Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) brindó acompañamiento como observador durante las acciones de protesta realizadas los días 15 y 26 de julio del presente año, con el propósito de verificar el respeto al derecho a la libre manifestación y a los demás derechos humanos vinculados con su ejercicio.
Durante el desarrollo de la manifestación realizada el 15 de julio, personal de esta Comisión observó diferencias entre dos grupos de particulares. Al respecto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la normatividad aplicable, la CDH Puebla documentó que los hechos observados no constituyeron presuntas violaciones a derechos humanos atribuibles a una autoridad o persona servidora pública, supuesto indispensable para la competencia de este Organismo.
Los hechos antes descritos quedaron debidamente asentados en el acta circunstanciada correspondiente, elaborada el mismo día en que ocurrieron, en cumplimiento de los protocolos institucionales de registro y documentación de esta Comisión.
Ante las expresiones públicas que señalan una supuesta inacción de este Organismo durante la observancia de las protestas, es importante precisar que la CDH Puebla carece de atribuciones legales para intervenir físicamente en confrontaciones entre particulares. Su actuación se encuentra delimitada por el marco jurídico aplicable y se circunscribe a la observación, documentación y, en su caso, a la intervención institucional cuando existan actos u omisiones presuntamente atribuibles a autoridades o personas servidoras públicas que pudieran constituir violaciones a derechos humanos.
La renovada CDH Puebla refrenda su compromiso con la protección y defensa de los derechos humanos y reconoce el derecho a la libre y pacífica manifestación como una expresión legítima de la participación ciudadana en una sociedad democrática. Asimismo, reitera su disposición para acompañar y observar el ejercicio de este derecho, siempre dentro del ámbito de las atribuciones que la Constitución y las leyes le confieren




