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Proponen eliminar del Código Penal Federal el delito de “peligro de contagio”

Ene 16, 2025
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16 de enero del 2025

Con el propósito de no socavar los derechos humanos y evitar la discriminación que enfrentan las personas que viven con VIH (Virus de Inmunodeficiencia Humana) y Sida (Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida), la diputada Laura Hernández García (MC) planteó derogar el artículo 199 bis del Código Penal Federal, que se refiere al delito de “peligro de contagio”.

El artículo que se pretende derogar establece que el que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, será sancionado de tres días a tres años de prisión y hasta cuarenta días de multa.

Además, si la enfermedad fuera incurable será de seis meses a cinco años de prisión, y cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas, sólo podrá procederse por querella del ofendido.

La iniciativa, enviada a la Comisión de Justicia, considera que esta descriminalización contribuye a eliminar barreras que limitan la prevención y detección oportuna del virus. Además, fortalece las medidas de política pública que abonan al combate de la pandemia del VIH en el marco de la salud pública.

Expresa que el VIH constituye un problema de salud pública y de derechos humanos que, a 2023, afectaba a 39.9 millones de personas alrededor del mundo, y quienes, debido al estigma y discriminación, ven violentados sus derechos humanos y enfrentan barreras para ejercer sus derechos y acceder a servicios de salud que les permitan un tratamiento adecuado.

Esas barreras, destaca, significan violencia institucional, por lo que es necesario derogar el artículo 199 Bis del Código Penal Federal, pues el delito por peligro de contagio “no puede seguir vigente”.

Se pronunció por construir una nueva perspectiva en torno al VIH, el Sida y las personas que viven con esta condición, con una cultura basada en la información que fomente la no discriminación, el trato igualitario, la prevención y la realización de pruebas.

Explica que de los 33 códigos penales que operan en México, 27 prevén el delito de peligro de contagio, que suele usarse contra personas con VIH, por lo que esta propuesta es un primer paso para que se derogue en los estados donde aún existe.

Refiere que el punitivismo y la criminalización tienen diferentes consecuencias para las personas que viven con VIH, como la pérdida del empleo o la vivienda, que se les orille a vivir aisladas de sus familias y de la sociedad, así como ser objeto de violencia física.

Coloca a las personas seropositivas –en especial a las mujeres– en una situación de mayor riesgo de violencia y abusos, e ignora la realidad de que es posible que algunas carezcan de la capacidad para revelar su estado serológico o no están en condiciones de negociar con su pareja el uso de preservativo.

Agrega que esa criminalización restringe la respuesta institucional al VIH en materia de salud pública, pues provoca que menos personas acudan a servicios de salud a realizarse pruebas de detección para evitar ser visibilizadas, diagnosticadas o castigadas, lo cual no ayuda a que, en caso necesario, inicien el tratamiento o compartan su diagnóstico.

La enfermedad no sólo afecta a quien vive con el virus; también a sus familias y a quienes forman parte de su entorno social. Por eso es necesario que no exista ninguna figura penal que vulnere sus derechos humanos y su acceso a servicios de salud.

La perspectiva de la respuesta al virus debe enfocarse en la salud pública, no en el punitivismo, enfatiza.


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