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Impulsa diputado José Miguel Trujillo iniciativa para proteger la salud de la población contra productos terapéuticos engañosos

Jul 28, 2026
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28 de julio del 2026

Con el objetivo de fortalecer la protección de la salud de la población y prevenir riesgos ocasionados por productos con atribuciones terapéuticas engañosas, el diputado José Miguel Trujillo de Ita presentó una iniciativa para adicionar el artículo 404 Bis al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, así como para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Estatal de Salud.

La propuesta establece sanciones para quien, con el propósito de obtener un lucro indebido, formule afirmaciones falsas sobre la naturaleza, composición, seguridad, eficacia o propiedades preventivas, diagnósticas, terapéuticas o curativas de un producto, sustancia, mezcla, preparación o tratamiento de uso o consumo humano. Asimismo, sanciona a quien oculte deliberadamente información esencial sobre su composición o los riesgos que representa para la salud.

La iniciativa también señala que, para la configuración del delito, deberá acreditarse que, mediante dichas conductas, se engañe a una persona y se le induzca a adquirir, consumir o aplicarse el producto, o bien, a recibir el tratamiento correspondiente.

Además, la propuesta del diputado José Miguel Trujillo incorpora a la Ley Estatal de Salud un capítulo denominado «De la Prevención de Riesgos Derivados de Productos con Atribuciones Terapéuticas Engañosas», mediante el cual se establecen acciones de prevención, educación, orientación, vigilancia, difusión de alertas sanitarias y coordinación entre autoridades, con el propósito de informar a la población sobre los riesgos asociados a este tipo de productos.

De igual forma, contempla mecanismos para reportar productos sospechosos, la capacitación del personal de salud y la integración de información sobre las acciones realizadas.

Asimismo, fortalece las atribuciones de la autoridad sanitaria estatal para documentar publicidad irregular, realizar acciones de vigilancia, recabar muestras, solicitar análisis

oficiales y dar vista a las autoridades competentes cuando existan indicios de conductas que puedan constituir un delito.

El diputado, en la exposición de motivos, aclara que estas disposiciones no tienen por objeto prohibir, perseguir ni estigmatizar la medicina tradicional, la herbolaria legítima o los productos naturales elaborados conforme a la legislación aplicable.


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